Quizás son de esas cosas que no quieres que te pase nunca, pero a veces pasa. Y es que todos los trabajadores tenemos que estar sometidos a mucha presión, y quizás puedan pasar problemas, accidentes. Por eso, hoy queremos hablar sobre este tema que quizás en alguna ocasión puede ocurrir.
La incapacidad laboral, como todos sabemos, es una situación en la que un trabajador no puede desempeñar sus funciones del día a día en el trabajo debido a una enfermedad o lesión que se ha producido. En este caso, ese problema puede ser de temporal o permanente. Además puede estar relacionada con causas laborales, como un accidente de trabajo o enfermedad profesional, o no laborales.
Dos tipos de incapacidades
Tenemos la incapacidad Temporal, que es la más normal. En este caso, impide trabajar por un periodo limitado de tiempo. Generalmente se da por enfermedades comunes, accidentes laborales o no laborales, y suele durar hasta 12 meses (prorrogables por otros 6 en ciertos casos).
Por su parte, también está la incapacidad permanente. En este caso es cuando la persona no puede volver a trabajar en su ocupación habitual o en cualquier empleo, total o parcialmente. Se clasifica en parcial, total, absoluta, o gran invalidez. Seguro que más de una persona que conoces ha tenido que estar sometido a alguna de estas incapacidades, y ya os digo, que cuando la carrera comienza no es fácil de llegar a la meta.
Cómo se consigue la incapacidad
Consulta médica. En este caso es cuando el trabajador debe acudir al médico en caso de enfermedad o accidente. Este emite un parte de baja laboral si considera que no está en condiciones de trabajar.
Reconocimiento médico: En casos prolongados o permanentes, los servicios médicos de la Seguridad Social o mutua evaluarán al trabajador para determinar si se le otorga la incapacidad.
Solicitud oficial: Para incapacidad permanente, el trabajador o su representante legal debe presentar una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la entidad competente.
Derechos
Prestaciones económicas: En este caso, durante la incapacidad temporal, el trabajador recibe un subsidio que varía según el tipo de baja.
Protección laboral: Aquí, el trabajador tiene derecho a mantener su puesto de trabajo (en incapacidad temporal) mientras dure la baja.
Atención médica: El trabajador tiene derecho a recibir asistencia médica y tratamientos necesarios.
Seguridad social: El tiempo de incapacidad cuenta como cotizado para efectos de jubilación, en ciertos casos.
Tipos
Como nos indican desde Abogados en Santander, la incapacidad laboral en la Seguridad Social se divide en modalidades contributiva y no contributiva. Dependiendo de las reducciones anatómicas o funcionales, se clasifican en diferentes grados que afectan la capacidad laboral. Los abogados expertos en incapacidad laboral evaluarán la situación individual y ayudarán a entender los conceptos.
Obligaciones
Justificación de la baja: Debe presentar los partes médicos al empleador en los plazos establecidos.
Colaboración médica: Asistir a revisiones y seguimientos médicos cuando sea requerido.
No realizar actividades incompatibles: No puede desempeñar trabajos o actividades que puedan agravar su estado.
Informar cambios: Debe notificar cualquier cambio en su estado de salud o domicilio que pueda afectar el proceso.
Caso de incapacidad temporal
Y después de la parte teórica, vamos con un caso práctico, que seguro que más de uno se puede sentir representado. Pongamos el caso de que Ana, una trabajadora de oficina, sufre una lesión en la muñeca tras un accidente en casa. Va al médico, quien le emite un parte de baja laboral. Hasta aquí todo es normal.
El médico justifica la baja por «incapacidad temporal por contingencias comunes». En ese momento Ana entrega el parte a su empresa dentro de los 3 días requeridos, aunque ya sabes que ahora no hace falta que lo haga el trabajador, ya que se puede hacer desde la mutua.
A partir del cuarto día de baja, Ana empezará a recibir un subsidio del 60% de su base reguladora. Esto sube al 75% a partir del día 21. Ya sabes que se puede perder parte del sueldo, pero claro, si estás lesionado no puedes hacer otra cosa.
Así, nuestra amiga Ana acude a revisiones periódicas con su médico para evaluar la evolución de su lesión. Y es aquí donde muchas veces salta algún caso de mentira. Por suerte, tras dos meses, el médico determina que Ana está recuperada y emite el alta laboral. Ana vuelve a su puesto y así es cómo termina la baja.
Es cierto que muchas veces todo se complica, y sobre todo cuando uno de los empleados quiere una incapacidad laboral para siempre. Muchas veces se ha tenido que lidiar en los juzgados, porque no es tan fácil.